Resolución DIAN

ATENCION SE INFORMA A LA COMUNIDAD QUE A PARTIR DEL 1o. DE MARZO DE 2011 TODO ENVIO URGENTE QUE LLEGUE AL PAIS DEBERA  VENIR ACOMPAÑADO  DESDE ORIGEN DE LA FACTURA O DOCUMENTO SOPORTE QUE ACREDITE LA OPERACIÓN.

Evítese inconvenientes, informe a  sus familiares  y demás personas que le envíen mercancías bajo esta modalidad que  siempre lo hagan anexando la factura o el documento que soporte el envío.

Solicitamos colaboración a los intermediaros de trafico Postal, para que socialicen a las agencias en el exterior encargadas de realizar los envíos hacia Colombia, con el fin de se cercioren del cumplimiento de este requisito antes de la salida del país de origen.

En caso de que la autoridad aduanera verifique el incumplimiento a este requisito, el usuario deberá tramitar una declaración de importación por cada envío con el cumplimiento de los requisitos legales de una importación ordinaria.
 

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